La Xunta de Galicia está desde esta mañana llamando como loca a personal de enfermería para cubrir días sueltos en esta temporada navideña. Esta misma mañana se han activado las últimas listas de llamamiento de la Xunta.
En el DOG Núm. 205 Jueves, 27 de octubre de 2016 Pág. 48078 apartado IV. Oposiciones y concursos. Servicio Gallego de Salud, se publicaba la RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se iniciaba el plazo para la inscripción de aspirantes a nombramientos temporales en los puestos de trabajo del personal funcionario sanitario de la escala de salud pública y administración sanitaria (Ley 17/1989, de 23 de octubre). Las listas que se elaboraron en ejecución de esta convocatoria entraron en vigor hoy, fecha que se indicaba en la resolución por la que se publicaron a dia de ayer las puntuaciones definitivas y orden de prelación final de las personas aspirantes admitidas. (La lista puede consultarse en la página web del SERGAS).
El llamamiento y demás características de la gestión de las listas serán las previstas en el punto III de la Resolución de 20 de septiembre de 2016 por la que se aprueba el procedimiento de cobertura temporal de puestos de trabajo del personal funcionario sanitario de la escala de salud pública y administración sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Muchas de nosotras nos veremos en la tesitura de que nos llamen y no poder aceptar la oferta porque ya se nos ha llamado del SERGAS o estar trabajando en cualquier otro lugar y no hemos tenido tiempo material de hacer una suspensión de llamamiento en la Xunta. Esto supone una penalización de exclusión de las listas durante todo un año, algo que a todas luces resulta injusto y que no beneficia a nadie, ni siquiera a la propia Xunta.
En el DOG Núm. 205 Jueves, 27 de octubre de 2016 Pág. 48078 apartado IV. Oposiciones y concursos. Servicio Gallego de Salud, se publicaba la RESOLUCIÓN de 18 de octubre de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se iniciaba el plazo para la inscripción de aspirantes a nombramientos temporales en los puestos de trabajo del personal funcionario sanitario de la escala de salud pública y administración sanitaria (Ley 17/1989, de 23 de octubre). Las listas que se elaboraron en ejecución de esta convocatoria entraron en vigor hoy, fecha que se indicaba en la resolución por la que se publicaron a dia de ayer las puntuaciones definitivas y orden de prelación final de las personas aspirantes admitidas. (La lista puede consultarse en la página web del SERGAS).
El llamamiento y demás características de la gestión de las listas serán las previstas en el punto III de la Resolución de 20 de septiembre de 2016 por la que se aprueba el procedimiento de cobertura temporal de puestos de trabajo del personal funcionario sanitario de la escala de salud pública y administración sanitaria de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Muchas de nosotras nos veremos en la tesitura de que nos llamen y no poder aceptar la oferta porque ya se nos ha llamado del SERGAS o estar trabajando en cualquier otro lugar y no hemos tenido tiempo material de hacer una suspensión de llamamiento en la Xunta. Esto supone una penalización de exclusión de las listas durante todo un año, algo que a todas luces resulta injusto y que no beneficia a nadie, ni siquiera a la propia Xunta.
Muchas podéis pensar además que aunque ahora hagáis una suspensión de llamamiento, tienen un plazo de diez días hasta que esta se haga efectiva y en esos diez días bien nos pueden joder, llamar y penalizar.
Las suspensiones a los llamamientos por solicitud del interesado hasta ahora se regulaban de la siguiente manera:
"Os integrantes das listas que non se atopen prestando servizos poderán solicitar a suspensión das citacións mediante solicitude para o efecto formulada no modelo normalizado que figura como anexo III.
A dita solicitude, que será irrenunciable, terá efectos suspensivos nas citacións en todas as listas en que estea inscrito o solicitante. Os seus efectos produciranse desde o décimo día natural seguinte contado desde a presentación da solicitude de suspensión no rexistro do órgano competente. O tempo de duración desta, a elección da/o interesada/o, será de dous, seis ou doce meses computados desde a data de efectos da suspensión".
Y así lo sigue poniendo a día de hoy en la página Web de la Xunta
Pero el 19 de Septiembre pasado se publico en el DOG una modificación del Decreto de Listas (Decreto 124/2016, del 8 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 37/2006, del 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a funcionarios y a contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia) en la que entre otras cosas se especifíca que la solicitud de suspensión de llamamiento tendrá efecto en todas las listas en que esté inscrita la persona solicitante desde el día siguiente a su presentación.
Cita del DOG:
"Las personas integrantes de las listas que no se encuentren prestando servicios a través de las listas elaboradas en aplicación de este decreto podrán solicitar la suspensión de las citaciones. El modelo de solicitud estará a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia y deberá presentarse electrónicamente.
La solicitud tendrá efectos en todas las listas en que esté inscrita la persona solicitante desde el día siguiente a su presentación.
La suspensión se mantendrá en tanto la persona interesada no presente solicitud de reincorporación. La solicitud de reincorporación se presentará electrónicamente en el modelo que estará a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia y producirá efectos transcurridos treinta días naturales desde su presentación".
Así que ya sabéis, las que lo necesitéis hacer la suspensión de llamamientos de inmediato.
Otras ya nos hemos visto en la tesitura de que nos hayan llamado a primera hora de la mañana y nos hallan penalizado. Está la opción de hacer la suspensión de llamamiento y posteriormente reclamar legalmente por la injusticia de no habernos dado ni un plazo de 24 horas para hacer una suspensión sin penalización.
Cita del DOG:
"Las personas integrantes de las listas que no se encuentren prestando servicios a través de las listas elaboradas en aplicación de este decreto podrán solicitar la suspensión de las citaciones. El modelo de solicitud estará a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia y deberá presentarse electrónicamente.
La solicitud tendrá efectos en todas las listas en que esté inscrita la persona solicitante desde el día siguiente a su presentación.
La suspensión se mantendrá en tanto la persona interesada no presente solicitud de reincorporación. La solicitud de reincorporación se presentará electrónicamente en el modelo que estará a disposición de las personas interesadas en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia y producirá efectos transcurridos treinta días naturales desde su presentación".
Así que ya sabéis, las que lo necesitéis hacer la suspensión de llamamientos de inmediato.
Otras ya nos hemos visto en la tesitura de que nos hayan llamado a primera hora de la mañana y nos hallan penalizado. Está la opción de hacer la suspensión de llamamiento y posteriormente reclamar legalmente por la injusticia de no habernos dado ni un plazo de 24 horas para hacer una suspensión sin penalización.


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